DECLARACIÓN EN DEFENSA DE LA VIDA DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS EN AISLAMIENTO VOLUNTARIO – Red Eclesial Panamazónica – REPAM

“(…) De esta preocupación surge la opción primordial por la vida de los más indefensos. Estoy pensando em los pueblos a quienes se refieren como “pueblos indígenas em aislamiento voluntario”, o PIAV. Sabemos que son los más vulnerables entre los vulnerables. (…) Continúen defendiendo a estos hermanos más vulnerables. Su presencia nos recuerda que no podemos disponer de los bienes comunes al ritmo de la avidez del consumo”.

Papa Francisco, Puerto Maldonado, 19 de enero de 2018.

La Red Eclesial Panamazónica – REPAM, en conjunto con comunidades y organizaciones indígenas, entidades sociales y académicas, está promoviendo una iniciativa de articulación en defensa de la vida y los derechos de los pueblos indígenas en situación de aislamiento voluntario en la región amazónica. Durante el primer encuentro en abril de 2017, en la ciudad de Cuiabá – MT (Brasil), afirmamos “el principio de autodeterminación, que es la base para el desarrollo de los otros derechos colectivos”, los cuales son “irrenunciables y deben ser respetados, exigidos y defendidos”. Entre los días 5 y 8 de julio de 2018, en la ciudad de Puerto Maldonado – Madre de Dios (Perú), tuvo lugar un segundo encuentro con representantes de los pueblos indígenas Matsigenka, Harakbut, Nahua y Yine y de la Coordenação de Organizações Indígenas da Amazônia Brasileira – COIAB, del Vicariato de Madre de Dios (Perú), del Centro Amazónico de Antropología e Aplicación práctica – CAAAP y del Vicariato de Aguarico (Ecuador), profesores de la Universidad Federal do Amazonas – UFAM, representantes del Conselho Indigenista missionário – CIMI y del Secretariado Ejecutivo de la REPAM, con el objetivo de avanzar en estrategias colectivas y regionales de defensa de los derechos de estos pueblos. Como fruto de este proceso, surge la Declaración en defensa de la vida de los Pueblos Indígenas en Aislamiento.

En la región amazónica, existen informaciones de la existencia de cerca de 150 pueblos, o segmentos de pueblos, que no mantienen contactos sistemáticos o permanentes con la sociedad que les rodea. La expansión sobre sus territorios de diferentes frentes económicas a lo largo de todo el proceso de colonización viene acompañada de una violencia sistemática sobre estos pueblos, de explotación y desplazamientos forzados. Como consecuencia de esta violencia, muchos pueblos indígenas fueron exterminados. Otros fueron obligados a dispersarse y, a partir de ese momento, sus diversos grupos pasaron a vivir experiencias muy diferentes; entre los que aceptaron las relaciones permanentes que derivaron del contacto y los que se protegieron em lugares de más difícil acceso, buscando preservar su autonomía y optando por limitar o evitar relaciones con terceros.

La vida de estos pueblos, llamados por diversos nombres como “aislados” o “no contactados”, “libres” o “autónomos”, continua hoy gravemente amenazada por la invasión de sus territorios. La tala ilegal de madera, la minería, la explotación de petróleo y gas, el narcotráfico, la deforestación y la agro-industria, así como los grandes proyectos de infraestructura (carreteras, ferrovias, ductos o hidroeléctricas, entre otros), todos ellos al servicio de una economía exportadora y de acumulación, continúan avanzando de forma acelerada sobre los territorios más remotos donde estos grupos habían conseguido una vida autónoma y libre.

Por otro lado, la imposición de las fronteras nacionales dividió en muchos casos los espacios ocupados por estos pueblos. Esto no cambió sus formas propias de habitar y circular por el territorio. Sin embargo, la inexistencia de mecanismos de cooperación entre los Estados y de marcos legales apropiados para estas realidades transfronterizas aumenta la vulnerabilidad y la falta de garantía de sus derechos fundamentales como consecuencia, por ejemplo, de la diversidad de criterios entre los países para reconocer, delimitar y proteger los territorios.

Los Estados nacionales tienen obligaciones irrecusables para garantizar e implementar los derechos de los pueblos e aislamiento recogidas en sus propios marcos constitucionales. Al mismo tiempo, existen instrumentos internacionales de derechos humanos de los pueblos indígenas que establecen también obligaciones a los Estados que deben ser cumplidas. El Convenio 169 de la OIT (1989), la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (2007) y la Declaración de la Organización de los Estados Americanos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (2016) configuran este marco fundamental de derechos de los pueblos indígenas y obligaciones de los Estados. Además, las Directrices sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas en Aislamiento Voluntario y el Informe Temático sobre este asunto publicado en 2014 por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos-CIDH formulan recomendaciones concretas a los Estados para la implementación de los derechos. Entre esas recomendaciones se contempla, por ejemplo, que la decisión libre de estos grupos de limitar o evitar sus relaciones con otros debe ser considerada como una manifiesta expresión de voluntad en el marco de la garantía del derecho a la consulta y el consentimiento previo, libre e informado.

Sin embargo, y a pesar de la contundencia de este marco legal, verificamos su incumplimiento sistemático por parte de los Estados. La existencia de estos grupos es frecuentemente negada o invisibilizada, lo que facilita en muchos casos la autorización para emprendimientos económicos que afectan directamente sus territorios. Por otro lado, continúan siendo realizados contactos forzados y avanza también la invasión de sus espacios delante de la omisión de los Estados, exponiendo a los pueblos indígenas a diferentes formas de violencia, incluso masacres.

Delante de esta situación, reafirmamos públicamente algunos elementos que consideramos fundamentales e irrenunciables:

  • El respeto a la auto-determinación de los pueblos indígenas en aislamiento o contacto inicial;
  • El no-contacto forzado, respetando su libre decisión y el tipo de relaciones que quieren establecer con otros grupos;
  • El derecho a los territorios que ocupan de forma tradicional, garantizando sus límites y su inviolabilidad;
  • El principio de precaución como medida de protección delante de cualquier iniciativa que pueda afectar territorios donde haya indicios de presencia de estos grupos;
  • La obligatoriedad de los Estados nacionales de garantizar e implementar medidas de protección territorial y garantía de derechos de estos grupos, en diálogo transparente con las comunidades y organizaciones indígenas, así como con la sociedad civil organizada;
  • La urgencia de que los Estados nacionales establezcan mecanismos bilaterales de cooperación que garanticen la protección de los territorios de los pueblos indígenas en aislamiento voluntario cuando estos se encuentren divididos por fronteras nacionales.

Invitamos a las comunidades y organizaciones indígenas, entidades sociales y académicas y a la sociedad en general para buscar, juntos, caminos que garanticen el reconocimiento y el respeto a los pueblos aislados y exijan las medidas necesarias para la protección de su vida y sus territorios. Considerando el aumento de avistamientos y contactos casuales o esporádicos, creemos que es necesario que las comunidades próximas puedan disponer de orientaciones claras de como proceder en estas situaciones, de modo que se eviten conflictos y siempre sea respetada la libre determinación de los pueblos en situación de aislamiento.

Nos sentimos animados por las palabras del Papa Francisco en Puerto Maldonado, en enero de 2018 con las que iniciamos esta Declaración. Invitamos a toda la Iglesia Católica, que se prepara para el Sínodo de la Amazonia, y particularmente a la Iglesia presente en esta región, a acoger el llamado del Papa Francisco, asumiendo con osadía y esperanza la opción por la defensa de la vida de estos pueblos, sensibilizando a toda la comunidad cristiana y fortaleciendo, con generosidad y creatividad, formas de presencia profética y solidaria.

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Puerto Maldonado, Vicariato Madre de Dios, 08 de julio de 2018

21/07/2018